Alfabetización en IA: qué exige el artículo 4 del EU AI Act y cómo demostrarlo
En resumen
- El artículo 4 se aplica desde el 2 de febrero de 2025 a proveedores y responsables del despliegue: en la práctica, a casi cualquier empresa que use IA en su actividad profesional.
- Tras el Ómnibus Digital (Reglamento (UE) 2026/1744), obliga a adoptar medidas para promover la alfabetización en IA. Ya no exige garantizar un nivel concreto en cada persona, pero sigue siendo exigible.
- La forma más sencilla de demostrarlo: formación por perfiles, política de uso y registro de quién se ha formado y cuándo.
Qué es la alfabetización en IA
El Reglamento la define como las capacidades, los conocimientos y la comprensión que permiten usar los sistemas de IA con conocimiento de causa y ser consciente de sus oportunidades, sus riesgos y los perjuicios que pueden causar. No se trata de convertir a la plantilla en especialistas, sino de que cada persona sepa lo suficiente para usar bien la IA en su trabajo: qué hace la herramienta, cómo falla, qué información no debe introducir y cuándo tiene que revisar o escalar un resultado.
A quién obliga
A los proveedores (quien desarrolla un sistema de IA y lo pone en el mercado con su nombre) y a los responsables del despliegue (quien usa un sistema de IA bajo su autoridad en una actividad profesional). Si tu empresa usa un asistente de IA generativa, una herramienta de selección con IA o un modelo de scoring, es responsable del despliegue, aunque el sistema sea de otro proveedor. Lo explico en esta guía sobre herramientas de terceros.
La obligación alcanza al personal y a las demás personas que manejan los sistemas en nombre de la empresa, como colaboradores externos o personal en prácticas.
Qué cambió con el Ómnibus Digital
El Reglamento (UE) 2026/1744, en vigor desde el 27 de julio de 2026, mantuvo el artículo 4 pero lo reformuló. La versión original pedía garantizar, en la mayor medida posible, un nivel suficiente de alfabetización. La nueva pide adoptar medidas para apoyar su promoción y aclara que no exige un nivel concreto en ninguna persona en particular.
Eso no la convierte en opcional. Sigue siendo una obligación del Reglamento: lo que cambia es que se valoran las medidas que la empresa ha adoptado, no un examen de cada empleado. Por eso conviene que esas medidas existan, sean proporcionadas y estén documentadas. Tienes todas las fechas en el calendario del EU AI Act.
Qué medidas tienen sentido
- Saber quién usa qué. Parte del inventario de sistemas de IA: qué herramientas se usan, en qué áreas y para qué.
- Formación por perfiles. No necesita lo mismo quien usa un asistente para redactar que quien decide sobre un sistema de scoring o quien lo desarrolla. Una sesión breve para toda la plantilla, otra para mandos y otra técnica cubren la mayoría de los casos.
- Una política de uso. Reglas claras sobre herramientas autorizadas, información que no se puede introducir y revisión humana. Tienes una guía y una plantilla.
- Registro. Quién se ha formado, en qué formato, cuándo y con qué contenidos.
- Actualización. Formación para las nuevas incorporaciones y revisión cuando cambien las herramientas o la normativa.
Cómo demostrar que cumples
Si un supervisor, un cliente o una auditoría interna preguntan qué has hecho, lo que cuenta son las evidencias:
- El plan de alfabetización: perfiles, contenidos y calendario.
- Los materiales de cada formación y los registros de asistencia.
- La política de uso aprobada y la constancia de que la plantilla la conoce.
- Las revisiones periódicas del plan.
¿Hay sanciones?
El Reglamento fija directamente las multas de algunas obligaciones, como las prácticas prohibidas, y deja a cada Estado miembro el régimen de sanciones del resto. En España, el proyecto de ley que lo concretaba caducó en octubre de 2026 con la disolución de las Cortes y tendrá que volver a presentarse. Más allá de la multa, la falta de medidas de alfabetización pesa cuando hay un incidente, una reclamación o una inspección por otras obligaciones, y cada vez más clientes la piden en sus procesos de homologación de proveedores.
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Fuentes
- Reglamento (UE) 2024/1689 de Inteligencia Artificial (EUR-Lex)
- Comisión Europea: talento, capacidades y alfabetización en IA
- Calendario del EU AI Act tras el Ómnibus Digital (FormacionTech)
Esta guía es informativa y no sustituye al asesoramiento jurídico. La reviso cuando cambia la normativa.
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